domingo, 6 de septiembre de 2026

Proyecto Ley Departamental | Reducción Salarial del 50%de Cargos Jerárquicos del GADC

PROYECTO DE LEY DEPARTAMENTAL “LEY DEPARTAMENTAL DE MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA LEY DEPARTAMENTAL N° 1234 PARA LA REDUCCIÓN SALARIAL DEL 50% DE CARGOS JERÁRQUICOS DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DEPARTAMENTAL DE COCHABAMBA”.

 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

PROYECTO DE LEY DEPARTAMENTAL “LEY DEPARTAMENTAL DE MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA LEY DEPARTAMENTAL N° 1234 PARA LA REDUCCIÓN SALARIAL DEL 50% DE CARGOS JERÁRQUICOS DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DEPARTAMENTAL DE COCHABAMBA”.

La crisis económica que atraviesa el país debe ser asumida con responsabilidad compartida por todas y todos. Cochabamba y Bolivia atraviesan una crisis económica profunda, marcada por la falta de dólares, el encarecimiento de la canasta familiar y un presupuesto departamental asfixiado. Mientras el ciudadano de a pie vive del día y hace milagros para llegar a fin de mes, las autoridades con cargos jerárquicos del Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba (GADC) se mantienen en una estructura salarial privilegiada, protegida por la Ley Departamental 1234 que destina más de 3.4 millones de bolivianos mensuales al pago de salarios. La política debe dejar de ser un refugio de beneficios económicos y volver a ser un servicio por vocación. No puede haber “gobierno rico” con “pueblo pobre”.

 Recientemente el ejecutivo departamental ha planteado una reducción del 7% de los salarios de los cargos jerárquicos superiores. Esto afectaría sólo al Gobernador y a Asambleístas Departamentales logrando un insignificante ahorro mensual de Bs. 28.820,12, y Bs. 345.841,44 anuales. Esta propuesta de reducción resulta insuficiente frente a la magnitud de la crisis presupuestaria de la gobernación. Mientras el ejecutivo departamental se enfrasca en una pugna política contra la Asamblea Departamental, deja intactos los privilegios salariales de sus secretarios y directores departamentales de designación directa.  

 

Periodo de Tiempo

Propuesta gobernador (7% Niveles 1-2)

Propuesta austeridad real

(50% Niveles 1-5)

Diferencia a favor de tu propuesta

Mensual

28.820 Bs.

452.333 Bs.

+423.513 Bs.

Anual

345.841 Bs.

5.428.002 Bs.

+5.082.161 Bs.

Gestión (5 años)

1.729.207 Bs.

27.140.010 Bs.

+25.410.803 Bs.

 La reducción de sueldos debe aplicarse a los cargos jerárquicos y políticos. A diferencia del Ejecutivo Departamental, este proyecto de ley propone una austeridad real del 50% de salarios dirigidos exclusivamente a aquellos cargos jerárquicos que tienen sueldos de privilegio. Gobernador y Asambleístas deben dar el ejemplo y rebajarse el sueldo en un 50%, que sigue siendo un salario digno, razonable y con empatía directa hacia la realidad del pueblo. Secretarios, Directores y Jefes de Unidad, cargos designados en forma directa, deben ajustarse el cinturón y también asumir la reducción del 50% de sus salarios. Con esta propuesta de Ley, no se toca un solo centavo de los profesionales, técnicos y administrativos que ganan de Bs. 6.608 hacia abajo. La crisis no la debe pagar ni el técnico, ni el mensajero, sino el político.

Por el bien de todos, primero las provincias. Con esta reducción del 50%, generaríamos un ahorro mensual de Bs. 452.333, es decir, quince veces más de lo que propone el Gobernador, y sin castigar al trabajador de base. En cinco años de gestión estamos hablando de recuperar más de 27 millones de bolivianos. A diferencia otras propuestas de reducción salarial que no tiene mecanismos específicos de control ni destino programático, este proyecto de Ley establece un candado de transparencia: el ahorro se destinará exclusivamente a obras e infraestructura vial (asfalto, empedrados, puentes, enlosetado, etc.) que deberá invertirse en forma rotatoria mensual a cada una de las 16 provincias del Departamento de Cochabamba. Sería la primera acción de la Asamblea Departamental para sacar a Cochabamba de su postergación.

La Asamblea Departamental tiene hoy dos caminos: aprobar un recorte del 7% para que todo siga igual, o aprobar una reducción del 50% a los cargos jerárquicos para demostrarle a Cochabamba que los políticos de esta Asamblea somos capaces de sacrificar privilegios consolidados históricamente por otras legislaturas, por el bien del desarrollo de nuestras provincias.

Planteo este proyecto con números serios, de cara a la gente, para que el discurso de austeridad deje de ser demagogia y se convierta en puentes, caminos y asfalto para nuestras 16 provincias de Cochabamba.  

 PROYECTO DE LEY DEPARTAMENTAL

LEGISLATURA 2026 – 2027

N° 01

“LEY DEPARTAMENTAL DE MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA LEY DEPARTAMENTAL N° 1234 PARA LA REDUCCIÓN SALARIAL DEL 50% DE CARGOS JERÁRQUICOS DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DEPARTAMENTAL DE COCHABAMBA”.

 

Por Cuanto:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEPARTAMENTAL DE COCHABAMBA

SANCIONA:

ARTÍCULO 1 (OBJETO). La presente Ley tiene por objeto establecer una política de austeridad institucional y racionalización del gasto público mediante la reducción del cincuenta por ciento (50%) del haber mensual de los cargos jerárquicos comprendidos entre los niveles salariales 1 al 5 del Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba (GADC) fijados por la Ley Departamental 1234, a fin de optimizar el gasto público y destinar dichos recursos a la inversión en infraestructura vial provincial.

ARTÍCULO 2 (ÁMBITO DE APLICACIÓN Y NIVELES SALARIALES). La reducción salarial dispuesta se aplicará de manera obligatoria a todos los servidores públicos que ocupen cargos del Nivel Salarial 1 al Nivel Salarial 5, comprendiendo las siguientes categorías jerárquicas:

Nivel 1: Gobernador (a).

Nivel 2: Asambleístas Departamentales.

Nivel 3: Secretarios (as) Departamentales.

Nivel 4: Directores (as), Directores de Servicio Departamental, Asesores (as) y Oficial Mayor.

Nivel 5: Jefes (as) de Unidad y Director (a) de la Asamblea Legislativa Departamental de Cochabamba (ALDC).

ARTÍCULO 3 (NUEVA ESCALA SALARIAL PARA CARGOS JERÁRQUICOS). En base a la escala salarial vigente, se establecen los nuevos haberes mensuales para los niveles afectados de la siguiente manera:

Nivel

Cargos Comprendidos

Haber Actual (Bs.)

Nuevo Haber (50%)

N° de Ítems

1

Gobernador (a)

12.556

6.278

1

2

Asambleístas Departamentales

11.740

5.870

34

3

Secretarios (as) Departamentales

10.577

5.289

9

4

Directores, Asesores y Oficial Mayor

9.623

4.812

12

5

Jefes de Unidad y Director ALDC

8.554

4.277

33

ARTÍCULO 4 (DESTINO ESPECÍFICO DE LOS RECURSOS AHORRADOS). Los recursos generados por este ahorro, estimados en aproximadamente Bs. 452.333 mensuales y Bs. 5.428.002 anuales, no podrán ser utilizados para gasto corriente ni publicidad. Estos fondos serán destinados exclusivamente a:

a)      Infraestructura vial: Construcción de puentes, asfaltado, pavimentado, enlosetado y empedrado.

b)      Mantenimiento: Mejoramiento y mantenimiento preventivo y correctivo de caminos departamentales.

ARTÍCULO 5 (DISTRIBUCIÓN PROVINCIAL ROTATIVA). La ejecución de estos recursos se realizará de manera rotativa mensual entre las 16 provincias del Departamento de Cochabamba. Cada mes, el total del ahorro acumulado por la reducción salarial será priorizado para un proyecto de infraestructura vial en una provincia distinta, asegurando que todas reciban inversión de manera equitativa durante la gestión.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

PRIMERA. El Ejecutivo Departamental, a través de las instancias competentes realizará las modificaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente Ley en un plazo no mayor a quince (15) días calendario.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

PRIMERA. El personal técnico y operativo a partir del nivel salarial 6 queda exento de esta reducción para salvaguardar sus derechos laborales y no afectar el funcionamiento operativo de la institución.

DISPOSICIÓN ABROGATORIA Y DEROGATORIA

PRIMERA. Quedan abrogadas y derogadas todas las disposiciones de igual o inferior jerarquía que contradigan la presente Ley Departamental, en el ámbito de su aplicación.

DISPOSICIÓN FINAL

PRIMERA. La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación oficial en la gaceta departamental.

Remítase al Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba para fines legales de promulgación y publicación.

Es dada en el Hemiciclo de sesiones de la Asamblea Legislativa Departamental, a los 13 días del mes de mayo del año dos mil veintiséis.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Proyecto Ley Departamental | Reducción Salarial del 50%de Cargos Jerárquicos del GADC

PROYECTO DE LEY DEPARTAMENTAL “LEY DEPARTAMENTAL DE MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA LEY DEPARTAMENTAL N° 1234 PARA LA REDUCCIÓN SALARIAL DEL 5...